
FORMULARIO DE FINANCIAMIENTO
PLAN A
GARANTIA FIDUCIARIA
Los requisitos para financiar la carrera de en el grado académico de , son los siguientes:
Deudor o Codeudor (en caso de requerirse) ¢ . (Salario Neto).
De a Fiador (es) ¢ . (Sumatoria de salarios netos de los fiadores, excepto el codeudor)
Teléfonos: 2256-2964, 2256-4676, 2257-1639, 2233-1672, Fax: 2255-1159.
Página Web: www.fonape.com www.fonape.cr Correo electrónico: info@fonape.com

REQUISITOS DEL FINANCIAMIENTO
CODEUDOR (A) Y FIADOR (ES)
Nota: Es importante indicar que las personas que se incluyan en la solicitud (deudor, codeudor y fiadores) deben ser personas asalariadas; ya sea que laboren para el gobierno en condición de propiedad, o que tengan como mínimo 2 años de laborar como interinos y como mínimo 6 meses de laborar en la empresa privada; es decir No se permiten personas pensionadas, ni con ingresos propios, tampoco deben encontrarse con el salario embargado ó tener pensión alimentaría.
DEUDOR (A) ESTUDIANTE
1. Formula de datos debidamente lleno y firmado.
2. Fotocopia de la cédula de identidad vigente y por ambos lados. De ser menor de edad, debe presentar certificado de nacimiento con no más de 30 días de emitido, ó copia de la cédula de identidad de menores por ambos lados y en forma legible. No se permiten personas extranjeras o con cédula de residencia.
3. En caso de que el estudiante sea de primer ingreso: fotocopia del titulo de bachillerato de secundaria, o certificado de notas de bachillerato original, con no más de 30 días hábiles de emitido, de acuerdo con la fecha en la que presento los documentos.
4. Si el estudiante fuera asalariado y cumple con los demás puntos estipulados para el codeudor, además de reunir el mínimo de salario líquido, entonces omite la presentación del codeudor y agrega la demás documentación especificada de los puntos del codeudor, en cuanto a copia de orden patronal y constancia de salario y el contenido de la misma.
5. La solicitud del financiamiento queda sujeto a previo estudio de parte de FONAPE; independientemente a que la documentación para la solicitud presentada se encuentre en forma correcta y clara.
6. Para la aplicación del financiamiento, debe de encontrarse completamente firmado el pagare; independientemente de la gestión realizada (solicitud de primer ingreso, renovación o cambio de garantía fiduciaria.)
7. En caso de ser estudiante regular de alguna de las instituciones con las que FONAPE tiene convenio; deberá tener un récord académico favorable, (la determinación del mismo queda sujeto a la interpretación que establezca el CONSEJO DIRECTOR DE FONAPE).
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MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO
PLAN A
Bajo esta modalidad se otorga un financiamiento hasta del 90% del total de la carrera.
Este plan aplica el porcentaje de financiamiento (de acuerdo al solicitado, máximo 90% y en la carrera de medicina y farmacia hasta un 80%) sobre el monto facturado de cada cuatrimestre, y el restante lo debe cancelar el momento de efectuar la matrícula.
El interés establecido es de un 5% (cinco por ciento) anual fijo con un plazo de 36 meses, en caso de nivel académico de bachillerato (caso diferente para otros grados académicos, en los que difiere el plazo otorgado). El primer desembolso se deberá realizar un mes después de haber concluido el último curso a financiar por FONAPE, de acuerdo al programa y el grado académico acordado en el financiamiento. El crédito se aplicará únicamente a las matriculas, colegiaturas; No aplica para los internados, aranceles de tesis, campos clínicos, reposiciones de exámenes, convalidaciones de estudios, aranceles de graduación, pólizas del INS, materias por suficiencia, recargos varios o materias que no pertenezcan al programa de estudio solicitado.
La cantidad mínima para cursar en carreras que no sean del área de salud, es de tres materias; y en el área de salud es de dos materias como mínimo.
Tener completo conocimiento de cada uno de los artículos del PLAN A, en el momento de formalizar la solicitud, (entrega de la solicitud en forma completa; además de la aplicación del financiamiento en el programa de estudios solicitado).
FONAPE tiene convenio con dos universidades privadas que son: Universidad Internacional de las Americas (UIA) y Universidad del Valle (UVA).
REQUISITOS PARA SOLICITAR EL FINANCIAMIENTO
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REGLAMENTO DE FINANCIAMIENTO PLAN A
Artículo I- FONAPE brinda al estudiante una línea de crédito preferencial para el financiamiento de sus estudios dentro de los Centros Educativos autorizados por el sistema de FONAPE.
Artículo II- El tipo de crédito está fundamentado en un sistema de ágil formalización que se ajustará al plan de estudios que el Centro de Enseñanza haya preparado.
Artículo III- El financiamiento se concederá hasta por un 90% del costo de la matrícula y la colegiatura, en el área de salud se brinda financiamiento hasta un 80% del costo de la misma. El financiamiento está condicionado a la disponibilidad de recursos financieros de FONAPE, para realizar los desembolsos a las instituciones educativas.
Artículo IV- Al solicitar ser beneficiario del programa el solicitante se comprometerá a matricular en un Centro de Enseñanza autorizado por FONAPE, y seguir sus estudios hasta concluir con el último curso financiado de acuerdo con el programa de estudios del Centro de Enseñanza.
Artículo V- Se consideran interrupciones al programa de cursos:
Artículo VI- El financiamiento se aprueba para una sola institución, es decir, no se autorizan traslados de centro de estudios aunque los mismos estén amparados al programa de FONAPE.
Articulo VII- De darse las interrupciones planteadas en el Articulo V, se cancelara la línea de crédito y se hará exigible todos los pagos, o se reducirá el porcentaje de financiamiento
Las condiciones de pagos que se establecen para estos casos, será un año o menos, según sea el criterio del comité de evaluación de FONAPE y una tasa de interés igual a la establecida para el crédito personal en el Sistema Bancario Nacional, en ese momento. El estudiante podrá solicitar un arreglo diferente, según sus posibilidades económicas al oficial de crédito de FONAPE, quién elevará la solicitud al comité de evaluación.
Articulo VIII- Al momento de autorizar la línea de Crédito FONAPE se compromete, sujeto a su disponibilidad de recursos, a financiar el monto señalado como costo de los estudios, más los incrementos correspondientes que haga la institución, previa aprobación del CONESUP, según sea el caso y en el tanto que el deudor y codeudor cumplan con las
disposiciones del presente reglamento.
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En caso de que por incremento en los costos de los estudios la proyección de desembolsos hecha por FONAPE para el estudiante, llegue a exceder el total pactado en la línea de crédito, FONAPE dependiendo del monto diferencial, indicará al estudiante cual de las siguientes formulas deberá cumplir para aumentar el monto autorizado:
El incumplir la disposición formulada por FONAPE en relación con el aumento del monto total autorizado, hará que la obligación se haga exigible según lo estipulado en el Artículo VII del presente reglamento, y las matriculas de acuerdo con el plan de estudios. Los estudiantes que pierdan materias deberán cancelarlas por su cuenta al cuatrimestre siguiente en que las perdieron, a las tarifas vigentes en el momento de matricularlas nuevamente.
Articulo IX- Se establece como plazo máximo para que el estudiante financiado concluya sus estudios la duración del programa original del Centro de Enseñanza, más un 20% de tiempo como ajuste para estudiantes que trabajen (lo cual deberá probarse a través de certificaciones laborales). Se establece como periodo máximo para la presentación, defensa y aprobación de la tesis, seminario de graduación, proyecto o tesina cuatro meses, con la condición de haber solicitado por escrito una prórroga según sea el caso. Una duración mayor tanto del programa de estudios, como la presentación de tesis, seminario, proyecto o tesina, será considerada como interrupción de estudios y la obligación se hará exigible.
Articulo X- Se establece un periodo de gracia entre el primer desembolso por efectos de matricula y el desembolso final al concluir con el último curso financiado según el programa oficial del centro de estudios, preparado para el estudiante sujeto de crédito; una vez concluido el último curso se inicia el proceso y comienza a correr los intereses establecidos, salvo lo señalado en los artículos V, VII y IX.
Articulo XI- Tanto la amortización del principal como el pago de intereses, se iniciarán 30 días después de haber terminado el último curso financiado por FONAPE salvo lo dispuesto por los artículos V, VII y IX. El plazo máximo para la cancelación de los préstamos es de treinta y seis meses en el grado académico de Bachillerato y veinticuatro meses en el grado académico de Licenciatura (excepto carreras del área de salud, derecho y arquitectura).
Para el área de salud, derecho y arquitectura el plazo máximo para la cancelación de la cuenta es de tres años. A criterio de FONAPE, se podrán establecer periodos menores, según sea la naturaleza del programa, el número de cursos que se debe llevar, el estado de avance en la carrera que presente el estudiante y el monto total adeudado al finalizar sus estudios donde se fijará una cuota mensual con base en el criterio establecido en el momento de solicitar su crédito.
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Artículo XII- Se establece una tasa de interés corriente del 5% anual fijo, sobre saldos, para préstamos en colones, con la ventaja para el estudiante de que no es aplicable durante el tiempo que se encuentre cursando sus estudios, sino hasta que concluya éstos, dando inicio al pago el monto establecido según el Artículo XI.
Articulo XIII- El estudiante deberá contar con al menos un codeudor (en caso de que no perciba ingresos) y dos fiadores. Estos serán solidarios en la deuda en caso que ésta se haga exigible. Las personas que participen en la operación deben tener edades inferiores a los 60 años de edad (Deudor, Codeudor o Fiadores) respectivamente. Además deben de ser costarricenses o nacionalizados como tal.
Articulo XIV- Al firmar el convenio, el solicitante firmará un pagaré por el monto total del programa, de acuerdo con el plan de estudios del centro de enseñanza.
Artículo XV- El solicitante deberá actualizar la documentación dos (2) cuatrimestres antes de matricular tesis, tesina, seminario, proyecto de graduación o el equivalente al trabajo final. Además deben renovar el pagaré a los tres años de haber formalizado el crédito. La omisión del cumplimiento de estas disposiciones hará exigible la obligación con lo que se aplicará lo dispuesto en el Artículo VII del presente reglamento.
( Autorizado por Junta Directiva, Julio 2003.)
REQUISITOS PARA FINANCIAMIENTO
GARANTIA HIPOTECARIA
La hipoteca se realiza únicamente en primer grado y queda sujeto a estudio por parte del Consejo Director de FONAPE, en caso e tramitarse en segundo grado.
Además de las condiciones y el reglamento de financiamiento, son los mismos que la garantía fiduciaria; tal y como se indica en las hojas que componen el presente formulario (la única variable es la documentación que se debe aportar y el periodo estimado para su aprobación

CONDICIONES PARA EL CONGELAMIENTO DE UN CUATRIMESTRE
Presentar un documento de parte del estudiante en el cual indique la prueba testimonial del porqué solicita el congelamiento del cuatrimestre por cursar.
Los motivos autorizados para la gestión son los siguientes:
Las solicitudes de congelamiento deberán solicitarse siempre por escrito y antes de iniciar el periodo de matricula o de lecciones del próximo cuatrimestre. Si el argumento planteado por el estudiante está de conformidad con los puntos anteriores, el Director de FONAPE, procederá al congelamiento notificando por escrito al estudiante, en un plazo no mayor de 24 horas naturales; previo análisis del Consejo Director de FONAPE.
El beneficio de congelar el financiamiento por un cuatrimestre, se otorgará una única vez a lo largo de la carrera, salvo los casos en que la “incapacidad” sea continua entre un periodo y otro, pero en esta circunstancia no podrá exceder de dos cuatrimestres, en ambos casos se aplicará lo dispuesto por los artículos V y VII del Reglamento.
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FIADOR(A) #
Nombre completo |
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Número de cédula |
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Dirección de domicilio |
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Teléfono |
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Teléfono celular |
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Empresa donde |
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Pariente cercano que no viva con el FIADOR:
Nombre completo |
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Dirección de domicilio |
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Teléfono de domicilio |
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Con mi firma acepto, las condiciones de financiamiento establecidas por
FONAPE
Firma del FIADOR(A): .
Nota: La firma, elaborada en este documento debe de poseer los mismos rasgos, de la que aparece en la copia de la cedula, aportada con la demás documentación.
USO EXCLUSIVO DE FONAPE
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Datos y documentación verificados. Revisado en el sistema de FONAPE
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DEUDOR (A) ESTUDIANTE.
Nombre completo |
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Número de cédula |
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Universidad |
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Carrera |
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Grado académico |
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( ) Plan A. . % ( ) Plan B. 100% Plazo: ( ) 12 meses ( ) 24 meses.
Dirección de domicilio exacta |
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Teléfono de |
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Teléfono |
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Apartado postal de domicilio |
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Empresa donde labora |
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Teléfono |
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Departamento |
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Pariente cercano que no viva con el estudiante:
Nombre completo |
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Dirección |
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Teléfonos |
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Con mi firma acepto tener claro conocimiento de todas las condiciones del financiamiento estipuladas por FONAPE
Firma del estudiante: .
Nota: la firma, elaborada en este documento debe de poseer los mismos rasgos, de la que aparece, en la copia de la cédula aportada con la demás documentación.
USO EXCLUSIVO DE FONAPE
![]()
Datos y documentación verificados. Revisado en el sistema de FONAPE
RECIBIDO POR: . FECHA: . HORA: .
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CODEUDOR(A)
Nombre completo |
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Número de cédula |
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Dirección de domicilio |
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Teléfono |
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Teléfono celular |
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Empresa donde |
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Teléfono |
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Departamento |
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Pariente cercano que no viva con el CODEUDOR:
Nombre completo |
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Dirección de domicilio |
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Teléfono de domicilio |
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Con mi firma acepto, las condiciones de financiamiento establecidas por
FONAPE
Firma del FIADOR(A): .
Nota: La firma, elaborada en este documento debe de poseer los mismos rasgos, de la que aparece en la copia de la cedula, aportada con la demás documentación.
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Datos y documentación verificados. Revisado en el sistema de FONAPE
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